En claves: Contrato entre Guaidó y Silvercorp para la incursión militar en Venezuela

Palacio de Miraflores, Caracas.- La transferencia del mando militar al mercenario Jordan Goudreau, el uso de la fuerza letal para controlar manifestaciones y la suspensión de servicios básicos son parte de las consideraciones del contrato firmado entre la empresa estadounidense Silvercorp y el ultraderechista Juan Guaidó para derrocar al Gobierno Nacional.

Desde el Palacio de Miraflores, ubicado en Caracas, el vicepresidente de Comunicación, Cultura y Turismo, Jorge Rodríguez, detalló que las disposiciones indican que el grupo terrorista se mantendría en Venezuela como “fuerza de ocupación” hasta la instalación de la administración de Guaidó.
El documento, cuyas 41 páginas publicó The Washington Post, establece el pago de 212 millones 900 mil dólares para ejecutar la operación que debería completarse en 495 días.
“Se acuerda pagar mensualmente al contratista después de la culminación del proyecto un mínimo de 10 millones 860 mil dólares, un promedio de 14 millones 820 mil dólares y un máximo de 16 millones 456 mil dólares”, precisa el contrato.
 A continuación, conozca los detalles del acuerdo firmado entre Guaidó (administración) y Silvercorp (contratista):
  • La administración cancelaría un bono de 10 millones de dólares al contratista. La bonificación dependería del éxito de la operación terrorista, es decir, la remoción del presidente de la República, Nicolás Maduro, y la instalación del “gobierno reconocido de Venezuela”.
  • La administración pagaría un anticipo no reembolsable de 1 millón 500 mil dólares durante los cinco días posteriores a la firma del acuerdo.
  • El inversionista debería entregar inicialmente 26 millones 395 mil 810 dólares, así como pagos mensuales de 10 millones 860 mil dólares para garantizar los servicios del contratista.
En el apartado relacionado con la creación de fuerzas de ocupación, se expone lo siguiente:
  • La Unidad de Activos Nacionales (antes denominada “grupo de tarea”) actuaría bajo la dirección de la administración para “contrarrestar amenazas a la estabilidad” del Gobierno y trabajará conjuntamente con la GIC, Fuerzas de Acciones Especiales (FAES) y Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM).
Silvercorp se encargaría de asesorar en materia de misiones, reclutamiento, selección y evaluación, entrenamiento físico, medicina, comunicaciones, métodos de trabajo encubierto, vigilancia y reconocimiento de objetivos.
  • La infraestructura, línea de comunicación y objetos económicos serían inhabilitados e interrumpidos.
  • Las estructuras civiles (edificios históricos, culturales, religiosos y hospitales) no serían comprometidas, salvo que “sean usadas para propósitos ilegales”.
  • El uso de la fuerza para el cumplimiento de la misiones sería “necesaria” y “proporcional”.
  • Las fuerzas de seguridad, navales, aéreas y terrestres subordinadas al Gobierno de Nicolás Maduro serían declaradas como “hostiles”, esto admite que sean “neutralizados”.
En este punto se incluyen “tenientes, aliados claves y cualquier apoyo” del jefe de Estado, Nicolás Maduro, y del presidente de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), Diosdado Cabello.
En referencia a los objetivos de la operación paramilitar, el documento señala que Goudreau “tiene autoridad para aprobar cualquier ataque y reactivar el fuego”, en este sentido, expone lo siguiente:
  • Elementos no militares de comando y control del “anterior régimen” e infraestructuras económicas calificadas como “enemigas”.
Adicionalmente, Goudreau tendría potestad para aprobar golpes a líderes militares, elementos no militares de comando y control, terroristas y células asociadas al terrorismo y cualquier vehículo aéreo no tripulado.
Sobre el uso de armas y medidas de control de manifestaciones durante la invasión militar, dirigida por la administración de Donald Trump, especifica:
  • Estaría permitido el uso de todo tipo de armas convencionales, así como de minas autoactivadas o detonables de comando.
  • Las “medidas de control” serán adoptadas en respuesta a disturbios civiles y el uso de la fuerza sería “necesario, proporcional y razonable en intensidad, duración y magnitud”, incluidos sistemas diseñados como medios de dispersión de “muchedumbres rebeldes”.
  • El uso de la fuerza letal para “eliminar la amenaza” estaría autorizado si la ciudadanía comete “actos hostiles”.
“Las fuerzas de Venezuela pueden siempre usar la fuerza, incluyendo la letal”, subraya el texto.
  • Admitirían la detención y búsqueda de civiles si interfieren con la misión o son buscados para interrogatorios.
En este punto indica que la fuerza letal sería utilizada para “proteger” personas, grupos y/o propiedades declaradas esenciales para el éxito de la misión.
En relación a las fuerzas de ocupación extranjeras, indica:
  • La administración otorgaría al contratista privilegios e inmunidades, al tiempo que podría utilizar uniformes y llevar armas de fuego cuando esté en servicio.
  • El personal del contratista podría entrar y salir de Venezuela sin identificación, salvo las órdenes de viaje emitidas por el contratista, a través de los pasajes formales de entrada y salida.
  • Las autoridades de ambas partes podrían solicitar la renuncia a su derecho primario de jurisdicción en un caso específico. En este sentido, el Gobierno venezolano “acuerda ejercer la jurisdicción después de informar y notificar por escrito al contratista dentro de 21 días posteriores al descubrimiento del presunto delito”.
En cuanto a las disposiciones contenidas en el Anexo E sobre la seguridad de los miembros de la empresa contratista, refiere:
  • Los participantes norteamericanos serían asegurados por la administración, esto incluye la cobertura de gastos médicos del grupo de tareas.
  • La administración pagará 450 mil dólares al pariente más cercano de cualquier miembro del grupo de tarea asesinado en acción.
En el contrato, refrendado en octubre de 2019, libra de responsabilidad en la comisión de “actos de violencia o destrucción cometidos por grupos de terceros” durante la vigencia del acuerdo.
“Si se entabla una demanda civil, federal o estatal en Venezuela o Estados Unidos contra Silvercorp, la administración venezolana financiará el costo total de la defensa legal”, reza  el texto.
La cadena de mando de la operación terrorista estaría conformada por Juan Guaidó como “Comandante en jefe”, Sergio Vergara como “supervisor general”, Juan José Rendón como “jefe estratega” y una persona por determinar como “comandante en sitio”.
Descague el documento íntegro aquí
Descargue la traducción del contrato aquí CONTRATO ESPAÑOL
Prensa Presidencial / Karelis González

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